El Comité Cantonal de la Persona Joven y su incidencia con la juventud
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Reseña. A raíz de la Ley Nº 8261 Ley General de la Persona Joven, artículo 24 establece la “creación, funcionamiento, conformación e integración de los comités cantonales de la persona joven”, dando como resultado la conformacion de 82 Comtés Cantonales de la Persona Joven.
Según el artículo 24 el mismo esta conformado por:
Una persona representante municipal, designada por el concejo municipal.
Dos personas representantes de los colegios del cantón, electas en una asamblea de este sector. Cada gobierno estudiantil tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la persona joven.
Dos personas representantes de las organizaciones juveniles cantonales debidamente registradas en la municipalidad respectiva, electas en una asamblea de este sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la persona joven.
Una persona representante de las organizaciones deportivas cantonales, escogida por el comité cantonal de deportes.
Una persona representante de las organizaciones religiosas que se registren para el efecto en la municipalidad del cantón, electa en una asamblea de este sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité cantonal de la persona joven.
Dada su importancia los Comités Cantonales de la Persona tienen como objetivo elaborar y ejecutar propuestas locales o nacionales que consideren los principios, fines y objetivos de la LGPJ, así mismo contribuyan a la construcción de la política nacional de las personas jóvenes.
Objetivos.
General: Facilitar un espacio de explicación y funcionamiento del Comité Cantonal de la Persona Joven a la población joven Socialcristiana y aquellos jóvenes que deseen tener un papel protagónico en sus comunidades.
Específicos.
- Conocer los principales componentes de la estructura organizativa y funcionamiento de los Comités Cantonales de la Persona Joven, Ley Nº 8261 Ley General de la Persona Joven.
- Fomentar la participación de la jóvenes en la integración de los Comités Cantonales de la Persona Joven.
- Identificar programas exitosos realizados por los Comités Cantonales de la Persona Joven.
Perfil de participantes: Jóvenes Social Cristianos/Jóvenes que deseen tener un papel protagónico en sus comunidades.
Cupo LIMITADO.
Metodología: El desarrollo de la capacitación será bajo la modalidad virtual. Para participar se deberá efectuar la inscripción previa a través de un formulario generado en google docs, donde consignará sus datos personales y un correo electrónico. La plataforma a utilizar será designada por la Fundación Konrad Adenauer – Costa Rica, así mismo las preguntas formuladas por los jóvenes participantes se evacuaron en el momento.
Agenda
Hora: 14.00 hrs. / Saludo y presentación /Sergio Araya, Coordinador Proyectos KAS CR / Julio Benavides Espinoza, Secretario General de la JUSC.
Hora: 14.10 hrs. /El Comité Cantonal de la Persona Joven y su incidencia con la juventud. /Percy Kenneth Rodríguez Argüello.
Hora: 14.40 hrs. /Preguntas del público /Sergio Araya, Coordinador Proyectos KAS CR.
Hora: 15.00 hrs./ Programas exitosos realizados por los Comités Cantonales de la Persona Joven. /David Bonilla Solís, promotor del proyecto.
Hora: 15.30 hrs. /Reflexión final y cierre./ Melissa María Hidalgo Carmona, promotora del proyecto.