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Serie de Estudios No. 11

Legislación sobre Lobby o Cabildeo: El Caso Chileno

Un estudio de Edgardo Riveros Marín

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El autor asume como una realidad existente en las diversas sociedades la actividad de lobby o cabildeo. A partir de ello plantea la necesidad de una estricta regulación a fin de alejar dichas actividades de la presión indebida o el tráfico de influencias. En esta perspectiva sitúa la necesidad de legislar en Chile.

En el estudio se distingue entre los intereses gestionados por instituciones de manera directa y el lobby profesional. En este contexto se refiere a los grupos de presión. Se analizan diversos principios ligados a las garantías resguardadas constitucionalmente que se vinculan a la defensa de intereses, como el derecho a petición, la libertad de asociación, el desarrollo de actividades económicas, entre otras. Sin perjuicio de ello, se asumen las asimetrías existentes en la defensa de intereses y que pueden colisionar con la igualdad ante la ley, de tal forma surge el imperativo de resguardar el trato equilibrado a los diversos actores de la sociedad.

Entre los factores de contexto también se aborda la relación entre dinero y política. En sociedades, como la chilena, en que existen ámbitos de opacidad en el financiamiento de la política surge con énfasis el imperativo de transparentar las actividades de cabildeo, toda vez que ellas, al no estar reguladas, facilitan comportamientos faltos de ética o francamente ilegales en la materia.

El estudio hace un análisis de la legislación comparada, particularizando en la de Estados Unidos de Norteamérica, en la normativa de la Unión Europea, de Canadá y de Perú. Especial importancia adquiere esta última, por ser el único país de América Latina que ha establecido una legislación sobre la materia.

El objetivo central del trabajo es describir el proceso legislativo chileno. En primer lugar se aborda el marco constitucional del país. Luego se refiere a los diversos proyectos que han intentado normar el lobby, desde la iniciativa presentada por el gobierno de la época mediante mensaje de 3 de octubre de 2003, pasando el veto presidencial de 2008, el proyecto de ley de 5 de noviembre de 2008, y finalmente la indicación sustitutiva presentada el 18 de mayo de 2012, que ha sido recientemente despachada por la Cámara de Diputados y que ha significado que el proyecto pase a tercer trámite constitucional al Senado de la República.

Nota: El autor agradece a los integrantes del Proyecto de Asesoría y Seguimiento Legislativo del Centro Democracia y Comunidad (CDC), por la colaboración en la recopilación de algunos antecedentes del proceso legislativo chileno.

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