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Notas de acontecimientos

Coloquio de expertos: Los derechos humanos en la Constitución Mexicana

Cambios gracias a la reforma constitucional en materia de derechos humanos

El pasado primero de julio del 2011 la Fundación Konrad-Adenauer organizó en colaboración con la Comisión Mexicana de Derechos Humanos un coloquio de expertos en lo referente a las modificaciones en la Constitución Mexicana en el área de Derechos Humanos. Los 200 participantes intercambiaron opiniones con ponentes de alto rango en la política y en la judicatura sobre los desafíos y consecuencias que tendrá esta reforma constitucional.

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Eugenia del Carmen Diez Hidalgo, Presidenta de la Comisión Mexicana de Derechos Humanos (CMDH) saludó al público haciendo énfasis en la observación, que el sector político, administrativo y judicial tendría que aplicar y poner en práctica de manera razonable las nuevas normas. El objetivo principal tendría que ser cuidar de una mejor manera la dignidad humana de las personas y su vida, refiriéndose así al respeto y a la garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Las instituciones estatales tendrían que prestar atención a que las injusticias, el egoísmo y los intereses particulares que perjudican enormemente al bien común no se escondan tras los derechos a la libertad. En caso de que este objetivo no se alcance, México podría tener un desarrollo regresivo hacia un régimen autoritario.

Frank Priess, Representante de la Fundación Konrad-Adenauer en México subrayó en su discurso de bienvenida que la reforma constitucional ha sido vista por muchos políticos, expertos en derecho constitucional y estatal como la modificación de la ley más importante desde que entró en vigor la Constitución Mexicana en el año 1917. Luego mencionó que la tarea principal de la nación apenas se acerca. La nueva base normativa tendría que corresponder con una jurisprudencia e interpretación constitucional lógica y consistente a largo plazo que pueda garantizar la protección de los derechos humanos. Hizo una comparación con algunos países europeos y latinoamericanos en donde la política y la opinión pública tienden a querer entablar en la constitución un catálogo cada vez más detallado de derechos y deberes. Sin embargo, lo anterior mencionado es contra productivo porque la fuerza informativa y la claridad de la constitución se ve amenazada por convertirse en una sala de discusión sobre derechos particulares secundarios y terciarios. Solicitó a las entidades responsables evitar este error y por el contrario enfocarse en los derechos y obligaciones inalienables de los ciudadanos, para lograr conservar y cultivar su esencia de manera duradera.

En la primera parte del evento varias personalidades de alto rango del poder legislativo, ejecutivo y judicial de México, expresaron su opinión sobre la reforma recién entrada en vigor.

Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó su punto de vista acerca de "Las implicaciones de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos en el Poder Judicial". Se mostró seguro de que las modificaciones acordadas representan una transformación positiva en el entendimiento de las leyes mexicanas. Mientras que los derechos fundamentales de la ciudadanía antes de la reforma de la ley, sólo eran “reconocidos” por la constitución y los órganos estatales, ahora en el curso de su revisión, ésta también respeta su inalienabilidad. Sin embargo, también señaló que todavía existen grandes desafíos por enfrentar. Está convencido de que sobre todo habría que responder a la pregunta sobre la manera en la que el poder judicial podría implementar e interpretar las nuevas normas de forma consistente y de acuerdo a los contratos internacionales ratificados. En caso de una confluencia entre las normas del derecho nacional e internacional, él se pronuncia a favor de que en México las normas internacionales sólo tengan la más alta jurisprudencia, en caso de que la República Mexicana pueda sacar provecho de éstas.

Felipe de Jesús Zamora Castro, Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos (SEGOB) habló sobre "Las implicaciones de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos en el Poder Ejecutivo". Hizo énfasis en que la Constitución ahora hace que el estado se haga más responsable de la ciudadanía. En caso de que el estado infrinja contra sus obligaciones de protección a la población, se verá en la obligación de indemnizar y hacer pagos de reparación a las partes afectadas. Esta obligación de rendir cuentas traerá consigo una transformación en la concepción de los puestos de los servidores públicos y así mismo podrá, en un futuro, prevenir las causas de las violaciones de los derechos humanos. El éxito de esta reforma dependerá también de la medida en que el poder judicial integre y concilie los principios constitucionales con los convenios internacionales en materia de derechos humanos. La jurisprudencia nacional deberá guiarse por los juicios de los tribunales internacionales: la obligación de México será acoplar proactivamente sus propias leyes constitucionales al derecho internacional. Finalmente, la transformación integral de la cultura jurídica obtendría así una relevancia especial y no las normas individuales. La dignidad humana y los derechos fundamentales de cada individuo tendrán ahora una posición central en el derecho constitucional.

El Senador Alejandro Zapata Perogordo, Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos del Senado de la República expresó su parecer sobre "Las implicaciones de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos en el Poder Legislativo". La discusión sobre los derechos humanos y la dignidad humana se inició tarde debido a que durante mucho tiempo los representantes políticos no habían estado dispuestos a intercambiarse y entablar el diálogo con la sociedad civil. Aunque la reforma no sea perfecta y apenas se encuentre en el camino hacia una aplicación correcta, representa ya un cambio notable en la base de la filosofía de los derechos fundamentales en la Constitución Mexicana. México está ahora posicionandose internacionalmente como un promotor de los derechos humanos, cosa que hasta junio del 2011 se había reflejado de manera insuficiente en la Constitución. Por fin se llevaron a cabo los principios de indivisibilidad y se pusieron progresivamente en práctica los principios de los derechos humanos como proyección de los convenios internacionales acordados. El senador Zapata Perogordo estuvo de acuerdo con el Subsecretario de Estado al decir que los tratados internacionales en materia de derechos humanos tendrían que ser puestos en práctica en armonía con la reforma de la constitución.

Ambos el Senador y el Secretario de Estado Zamora Castro hicieron hincapié en la trascendencia de la reforma del Art. 29 de la Constitución Mexicana. Esta reforma sólo permite restricciones en la libertad fundamental en casos estrictamente reglamentados, como por ejemplo en el marco de medidas de evacuación. La primacía del derecho a la vida queda libre de este de tipo de restricciones. De esta forma dicho artículo representa el núcleo fundamental de la nueva filosofía constitucional. Gracias al Art. 29 y por medio de la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrían establecerse mecanismos para una mejor sanción de las violaciones a los derechos humanos.

El Dr. Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos manifestó su opinión sobre el tema "La CNDH y la Reforma Constitucional de Derechos Humanos". A la vez entró también en detalle acerca del significado histórico de la reforma constitucional. Los derechos humanos no habían existido nunca antes en la Constitución Mexicana como una garantía fundamental para el individuo. La jurisprudencia de México está comprometida de ahora en adelante a tomar en cuenta la nueva versión de la Constitución junto con los acuerdos internacionales al momento de dictar sentencia. En vez de tener dudas sobre la pronunciación de sentencias por parte de los tribunales internacionales, México tiene que reconocer que se trata de un estándar legal en la sociedad mundial civilizada. La educación de las generaciones futuras hacia un respeto y una puesta práctica de las garantías internacionales de los derechos humanos representa ahora la obligación principal del Estado.

El Dr. Plascencia compartió con el auditorio que en su generación ni si quiera los estudiantes de derecho tenían acceso a este tema. No fue sino hasta su doctorado en derecho que él tuvo la oportunidad de decicarse a esta temática. En cambio ahora todos los ciudadanos deberán estar informados desde temprana edad sobre sus derechos y obligaciones. La Comisión Nacional de Derechos Humanos se ha fortalecido en temas de derecho de participación y derecho laboral. México ha firmado ya innumerables acuerdos con la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La CNDH tiene ahora la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de dichos acuerdos. Por otro lado la administración pública tiene también una responsabilidad especial. En caso de violaciones a los derechos humanos por parte de funcionarios públicos, no será el autor del delito el que se verá desacreditado, sino la institución a la que éste pertenece. Es por eso que resulta muy importante empezar ya a fomentar la aceptación y la importancia de los derechos fundamentales, a través de una formación y especialización de dichos funcionarios.

En la segunda parte del evento, Salvador Abascal Carranza, Director General Adjunto de la Fundación Rafael Preciado Hernández dio comienzo a la conferencia principal con un discurso sobre “El Iusnaturalismo y los Derechos Humanos". Éste ilustró la idea principal del derecho natural en la que los derechos humanos fueron siendo descubiertos paso a paso a partir del siglo XVIII de manera parecida a las leyes científicas. Esta regularidad natural nos ofrece las reglas que nos permiten una convivencia pacífica y próspera en armonía con la naturaleza social de los hombres en base a los derechos fundamentales individuales. Dijo también que con la entrada en vigor de la reforma constitucional el 10 de junio del 2011 se había alcanzado el nivel, en el que también en México los derechos humanos eran inalienables y se encontraban por encima de los derechos del estado. Esto quedando así en contraste con el presidencialismo del PRI durante el siglo XX, con el cual dicho partido gobernaba al país por decreto. Si bien es cierto que durante el priísmo de los años noventas se hicieron modestos progresos en materia de derechos fundamentales, pero aquellas modificaciones en la constitución no se hicieron de manera voluntaria. Estos cambios fueron más bien producto de la presión ejercida por Canadá, quien los puso como condición para aceptar el ingreso de México a la NAFTA. Es de ahí que se puede decir que el PRI no actuó por convicción propia y sólo cumplió con las mínimas exigencias.

Víctor Manuel Montoya Rivero, Director General de Bufete Montoya Rivero expuso sobre “La Constitución, los Tratados Internacionales y el Derecho a la Vida". En su presentación habló sobre la posición del derecho a la vida dentro de la Constitución antes de junio del 2011. Mencionó que este derecho antes no estaba consolidado en la Constitución y que sólo poseía una protección indirecta por parte del derecho civil. Gracias a esta reforma ahora existe también en México una definición constitucional del término vida que se sobrepone a la definición por parte del derecho civil. Al contrario del derecho civil, la Constitución goza ahora de una definición de vida con un fundamento ético y filosófico. Además, consideró que no habría conflictos entre los derechos fundamentales de las mujeres y los niños en lo referente al tema de la vida por nacer, ya que el derecho a la vida tiene prioridad ante los demás derechos fundamentales.

El Dr. Rigoberto Ortiz Treviño, Especialista en Derechos Humanos abordó el tema: “La No Discriminación y la Protección a la Familia en la Constitución y los Tratados Internacionales”. Al principio de su discurso trató la pregunta sobre los problemas que el laicismo mexicano trajo consigo. Recalco así, que frecuentemente el país no había respetado su obligación de mantener una posición neutral, sobre todo durante el gobierno del PRI. El país se había dirigido abierta y directamente en contra de la iglesia y el ejercicio de la fe. Dijo también, que esto se había hecho notar sobre todo en las escuelas, donde sucedía el indoctrinamiento ideológico. Es por eso, que exigió que los padres también sean incluidos en la educación escolar de sus hijos, puesto que en la Constitución Mexicana reformada aún hacen falta estos respectivos derechos. Expresó que se debería consolidar a la educación con el principio de subsidiariedad, donde los padres sean los responsables de la educación de valores de sus hijos. Finalmente, añadió que hacía falta una mejor definición del término laicismo, así como también de los términos dignidad y persona.

Por otra parte el Dr. Rafael Estrada Michel, Jefe de la Unidad de Atención a Población Vulnerable del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) concluyó la conferencia con una ponencia acerca de las “Nuevas atribuciones de la CNDH y la Obligatoriedad de los Tratados Internacionales". Él retuvo que los jueces del tribunal constitucional no podrían tomar una posición reaccionaria o izquierdista, más bien tendrían la obligación de resolver las cuestiones jurídicas en base a la constitución sin ningún tipo de matiz ideológico. La repercusión más importante de la reforma constitucional fue para él la transformación cultural del entendimiento jurídico. Al contrario de Zamora Castro y Zapata Perogordo, subrayó que la reforma política no representaba el punto de partida de la transformación cultural en la comprensión jurídica, sino que era la consecuencia, ya que esta transformación data desde el pasado. Es ahora que el progreso en la cultura jurídica se ve reflejado en la modernización y el desarrollo de las normas jurídicas. Desde su punto de vista la ventaja que la reforma tuvo para la Comisión Nacional de Derechos Humanos fue el mejor control de la libertad de organización sindical, puesto que ahora se encuentra más protegida. Además ahora es posible capturar violaciones a los derechos humanos en amplios campos legales, por ejemplo en el derecho laboral. En general esta reforma posee la autorización para determinar de manera autónoma sobre las preguntas en el marco de derechos fundamentales.

Traducción: Natalia Báez Zamudio.

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