Notas de acontecimientos
Reflexión sobre los resultados del plebiscito en Colombia. Entrevista con el Prof. Dr. Kai Ambos from RSPLA on Vimeo.
El domingo 2 de octubre los colombianos respondieron en las urnas a la pregunta ¿Apoya usted el acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera? Los resultados dieron como ganador al No con el 50,21%, frente al sí que obtuvo el 49,78% de los votos. Este escenario, para muchos inesperado, motivó una discusión sobre las posibles respuestas jurídico-políticas a esta nueva situación.
En este sentido el profesor Kai Ambos comenzó su intervención abogando por una “salida colombiana”, esto es, por una opción que teniendo presentes las recomendaciones de la comunidad internacional, diera preponderancia a las condiciones y necesidades específicas del país, y fuera más allá de un enfoque puramente legalista. Asumiendo los resultados del plebiscito desde una perspectiva optimista, el catedrático alemán apeló al adagio que propone hacer de la necesidad virtud, refiriéndose a que la renegociación puede desembocar en un mejor acuerdo, y planteó como propuesta que las delegaciones se amplíen a otros sectores políticos, sobre todo a los que adelantaron la campaña por el No, e incluso contemplen la participación del ELN.
Para Ambos dicha renegociación debe, en todo caso, basarse en los acuerdos que se llevaron a plebiscito y no empezar desde cero. Aseguró que el documento de 297 páginas cuenta con el respaldo de la comunidad académica y jurídica internacional y él mismo lo definiría como “presentable e incluso recomendable”.
Al iniciar su intervención el profesor Néstor Osuna reconoció su perplejidad frente a los resultados de dos días atrás. El ex-magistrado del Consejo Superior de la Judicatura coincidió con el jurista alemán en la necesidad de construir sobre lo ya pactado, y resaltó la importancia del factor tiempo, la necesidad de definir una hoja de ruta, y enfatizó en que la solución a este estado de cosas ha de ser más política que jurídica. Aun cuando según la Corte Constitucional colombiana el resultado del plebiscito es vinculante solo para el poder ejecutivo, éste tendría una evidente fuerza política. Ante la posibilidad de una nueva refrendación popular de lo que eventualmente se acuerde en la renegociación, Osuna se mostró escéptico. Aseguró que, como antes, en el caso de una renegociación el Gobierno cuenta con las herramientas jurídicas necesarias para implementar lo que resulte acordado en ella, sin la necesidad de someterlo a votación. La convocatoria a una Asamblea Constituyente tampoco sería deseable debido a lo complicado de su trámite, a los tiempos con los que debe jugar el Gobierno, y al sinnúmero de puertas que abriría para los opositores del proceso.
En la ronda de preguntas planteadas por los asistentes a la reunión, surgió la de si era posible, conforme al Derecho Internacional Humanitario (DIH), exigir de las Farc el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones a que se habían comprometido en el Acuerdo. El profesor Kai Ambos cerró de tajo esa posibilidad en tanto aquel había sido negado por el voto popular y en tanto la negociación se había hecho como un paquete; no se optó por una refrendación o una simple implementación directa, por separado, de cada uno de los puntos del Acuerdo, sino de éste como un todo, "El acuerdo es un paquete. No se le puede pedir a las partes que acepten solo deberes y no derechos", enfatizó.
Se reiteró la discusión sobre si el sistema de justicia transicional previsto en el acuerdo propone un camino adecuado hacia la verdad, la justicia y la reparación, o si los aspectos relativos a las penas, las sanciones y a la posible impunidad para los delitos cometidos por los excombatientes de las Farc deberían ser renegociados. El experto alemán recalcó la necesidad de ser serios frente a esta discusión y admitió que algunos aspectos del punto 5 del Acuerdo (Víctimas) sí son criticables. Sin embargo, frente a los cuestionamientos de la campaña del No fue tajante al afirmar que el pactado no es en ningún caso un Acuerdo de impunidad. Para respaldar dicha afirmación comparó el caso colombiano, con lo que sucedió en Chile, en Perú con el caso Barrios Altos y en Argentina con la Ley de Punto Final, por cuanto estos países previeron una amnistía mucho más amplia.
Para los expertos, lo pactado inicialmente en materia de justicia especial entre el Gobierno y las Farc se justificaría, entre otras, por razones pragmáticas: por la imposibilidad técnica y fáctica de adelantar un proceso ordinario frente a un alto número de desmovilizados; por una función de la pena amplia y de prevención general positiva, propia de un Estado moderno; y porque de hecho en el procedimiento previsto en la JEP se habría exigido la cooperación de los procesados en el esclarecimiento de los hechos, la reparación a las víctimas y el reconocimiento de su responsabilidad.
Al cierre de la actividad se concluyó que es indispensable la voluntad política de todos los sectores para lograr la renegociación de algunos puntos del Acuerdo inicial, siendo este el punto de partida de cualquier comisión de trabajo. Para lograrlo es fundamental motivar una discusión técnica, honesta y basada en lo que está escrito; además de incluir diferentes sectores políticos; y explicar mejor a la gente del común el contenido de los acuerdos. El camino de la paz requiere ahora más trabajo, consenso, y capacidad propositiva; la oportunidad de hacer historia y lograr una salida negociada debe ser el bien superior que permita trascender los resultados del plebiscito, y convertir una derrota electoral en una nueva oportunidad.