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El sistema electoral alemán: características, límites y desafíos

de Sergio Araya
El auditorio del Tribunal Supremo de Elecciones sirvió de escenario para la Conferencia “Análisis del sistema electoral alemán”, impartida por el Dr. Rudolf Mellinghoff, actual Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Asuntos Financieros de la República Federal de Alemania y quien fuera Magistrado de la Corte Constitucional Federal de dicho país, durante el periodo 2001-2011.

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El Dr. Mellinghoff describió y analizó los fundamentos jurídicos y políticos del sistema electoral de su país. Repasó además distintos componentes del sistema, destacando entre otros aspectos: las condiciones institucionales existentes para el fomento de un régimen competitivo de partidos político, incluyendo dentro de estas: la llamada “Claúsula de Bloqueo” y las condiciones para su participación en los periodos electorales; la estructura del voto ciudadano, caracterizado por la vigencia del sistema de doble voto y el procedimiento para la distribución de los mandatos o curules, a partir de los sufragios emitidos, así como las modalidades existentes para facilitar el acceso ciudadano al voto, entre las que sobresalen: el voto por correo y el voto electrónico.

El Dr. Mellinghoff además planteó los desafíos que hoy encara el sistema electoral alemán, ante las cuales la Corte Constitucional Federal, el cuerpo legislativo federal y la ciudadanía en su conjunto, deben responder, en un esfuerzo sostenido por apuntalar el sistema y con ello, fortalecer más a la democracia como forma de gobierno y basamento de la organización política de la Sociedad.

Se contó además con los distinguidos comentarios del Dr. Constantino Urcuyo Fournier, Director Académico del Centro de Investigación y Adiestramiento Político Administrativo (CIAPA), quien analizó a la luz del modelo electoral alemán, los límites y fortalezas del sistema electoral costarricense, así como sus oportunidades de reforma en el corto y mediano plazo.

Ambos expertos coincidieron en que ningún sistema electoral concreto puede ser adoptado en forma integral por otro país, dado que su naturaleza, estructura y características específicas, responderán a factores jurídicos, sociológicos y políticos, inherentes a una coyuntura histórica y social determinada.

Más lo relevante es que al ser el sistema electoral determinante en el funcionamiento del sistema político democrático, su estructura y procedimientos no es asunto exclusivo de técnicos o juristas: debe de ser la resultante de un proceso de diálogo político donde confluyan los distintos actores políticos y sociales presentes en una sociedad en un momento histórico determinado.

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