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Regulación dosis mínima

Observatorio Legislativo Boletín No 166

El boletín No 166 del Observatorio Legislativo del Instituto de Ciencia Política –ICP apoyado por la Fundación Konrad Adenauer aborda el tema “Regulación dosis mínima”. Este documento da a conocer el contenido, la justificación y las discusiones alrededor de la propuesta del gobierno plasmada en el Acto legislativo 02 de 2009.

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Este escrito da a conocer el contenido, la justificación y las discusiones alrededor de la propuesta del gobierno plasmada en el Acto legislativo 02 de 2009; por la cual se establecen las medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico aplicables para las personas que consumen sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

El gobierno nacional justifica el desarrollo de este proyecto afirmando que pese a los constantes golpes dados a las estructuras mafiosas, la demanda de sustancias psicoactivas en las calles de Colombia ha aumentado. Esta situación hizo necesario un redireccionamiento de la estrategia de lucha contra las drogas. Los argumentos a favor de esta iniciativa de tipo reglamentario se centran en promocionar dichas medidas como un mecanismo eficiente para regular las actuaciones del Estado.

Por lo anterior, se hace indispensable enfocar esta discusión desde una perspectiva de salud pública, contemplando estrategias de “reducción del daño” mediante el tratamiento de los usuarios, a través de campañas educativas de información y prevención realizadas en centros educativos con la dirección del Ministro de Educación Nacional; así mismo el diseño de un proyecto liderado por el Ministerio de Protección Social que impulse y fomente el desarrollo de programas de prevención permanente al interior del lugar de trabajo; por último contemplar el tratamiento de rehabilitación de las personas que por su estado de dependencia y drogadicción deban ser sometidos a este.

En cuanto a los entes territoriales el proyecto de ley buscará dotarlos de las competencias necesarias para que destinen recursos para la implementación de las medidas de prevención, tratamiento y seguimiento terapéutico a los consumidores. También facilitará la creación de leyes, instituciones y regulaciones que permitan que los adictos dejen de ser compradores en el mercado ilegal. Permitiendo que la drogadicción se trate como un problema médico en vez de una cuestión criminal.

Por otro lado, en el primer debate del proyecto se plantearon una serie de modificaciones con la finalidad de reorientar los procesos de protección a los consumidores. Por lo cual se propuso eliminar la participación de los jueces e incluir a la policía en el proceso de conducción del individuo al mismo tiempo.

Respecto a los centros de Orientación estos funcionarán como una cuenta especial sin personería jurídica administrada por el ministerio de la Protección Social; y, en cuanto al tema del microtráfico, se propone que en caso de identificarse una o varias personas que con fines de tráfico o fabricación introduzca al país droga, incurrirá en prisión de 12 a 14 años y en multa de hasta 100.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Finalmente, se exponen las críticas a las bases técnicas del proyecto de sanción de dosis personal. Entre estas: sancionar con tratamientos de rehabilitación, es cuestionable pues el gasto de internar a un consumidor desborda la capacidad presupuestal del Estado, aún más en la actual recesión; arrestar a expendedores y reducir el número de adictos, lo cual también es controversial ya que los estudios demuestran que sancionar la dosis personal no frena el consumo.

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