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Reforma tributaria para generar rentas destinadas al sector salud

Observatorio Legislativo Boletín No 164

El boletín No 164 del Observatorio Legislativo del Instituto de Ciencia Política –ICP apoyado por la Fundación Konrad Adenauer aborda el tema “Reforma tributaria para generar rentas destinadas al sector salud”. En este boletín se presentan las generalidades del sistema de salud, sus problemas y contradicciones; así mismo se realiza un análisis de las causas y consecuencias de la declaración de estado de Emergencia Social en el territorio nacional.

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En este boletín se presentan las generalidades del sistema de salud, sus problemas y contradicciones; así mismo se realiza un análisis de las causas y consecuencias de la declaración de estado de Emergencia Social en el territorio nacional.

Respecto a las generalidades del sistema de salud, este se divide en régimen contributivo (en el que el afiliado realiza aportes al sistema) y subsidiado; cada uno de los cuales tiene definido un conjunto de bienes y servicios conocidos como POS, a los cuales puede acceder el afiliado y sus beneficiarios, sin embargo, luego de la sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional ordenó la unificación de ambos, creando una nueva carga financiera para el ya débil sistema de financiamiento del sistema de salud.

Según lo anterior, el sistema de salud cuenta con una desproporción entre los afiliados al régimen subsidiado frente a los que perteneces al régimen contributivo, sumándosele el creciente aumento en la demanda de servicios no POS, lo que exige gran cantidad de recursos a las entidades territoriales. Este conjunto de circunstancias, constituyeron el fundamento para la expedición del Decreto 4975 del 23 de diciembre de 2009, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Social, con el objetivo de evitar un colapso financiero del sistema de salud.

Bajo el amparo del Decreto 4975, se expidieron varios decretos, particularmente el Decreto 127 de 2010 que pretendió adoptar medidas en materia tributaria para lograr encausar recursos hacia el sector salud, pero luego de la revisión de constitucionalidad, el Decreto 4975 de 2009 así como los que lo desarrollaban fueron declarados inexequibles. La Corte Constitucional hizo uso de la facultad de moderar el efecto de sus decisiones y declaró la inexequibilidad diferida respecto a las medidas concernientes a cambios tributarios, lo cual dio margen de acción para que el gobierno presentara el proyecto de ley 280 de 2010, por el cual se definen y direccionan rentas hacia el sistema de salud.

El proyecto contiene cuatro grandes temas:

a)Medidas en materia tributaria: cerveza, licores y cigarrillos; por medio del cual se busca separar el impuesto al consumo del impuesto a las ventas, que hasta el momento se encuentra unificado para el caso de la cerveza. Se desea simplificar la diferenciación que se hace entre los licores pasando de 5 a 2 grupos, y la unificación de gravámenes a nivel nacional.

b)Medidas relacionadas con los juegos de azar; se busca regular la operación de juegos de azar en los cruceros que atraquen en puertos colombianos, así mismo crear mayores incentivos para la expansión de las apuestas hípicas, aumentar el impuesto a las ventas y reducir el tiempo de prescripción y caducidad de la reclamación de premios de loterías y otros juegos, buscando liberar una cantidad considerable de recursos.

c)Medidas para contrarrestar la evasión de aportes de los afiliados al sistema; se pretende introducir medidas para evitar la evasión por parte de trabajadores independientes, y a su vez lograr la reducción del ingreso base de cotización permitiendo pagos en especie y llevando a cabo una depuración de los usuarios del régimen subsidiado.

d)Medidas para la transformación de recursos hacia la unificación de regímenes; al estimarse que el sistema ha ido alcanzado la universalidad, se propone que los recursos que han estado destinados a esta meta, sean reencausados con el fin de lograr la unificación de los regímenes subsidiado y contributivo.

Finalmente el proyecto de ley aclara que los recursos obtenidos mediante esta reforma serán destinados al aumento en la cobertura y a la unificación de los POS, y sólo en caso de tener excedentes podrán ser destinados a prestaciones excepcionales a afiliados.

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