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Excenciones del impuesto predial

#KASMunicipal

La Fundación Konrad Adenauer en México en colaboración con Prolocal (Centro de Investigación y Estudios Locales) realizamos cuatro publicaciones 1. Exenciones del impuesto predial; 2. Quiebras municipales; 3. Profesionalización de los servidores a los públicos municipales; 4. Intermunicipalidades; con el propósito de generar know how para la gobernanza municipal.

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El municipio es la unidad básica de la organización política en México y la primera organización jurídica de la sociedad civil, por lo tanto, se constituye como espacio primigenio en donde se gestiona el bien común y la libertad individual.

INTRODUCCIÓN

Una definición concisa del impuesto predial es la que explica esta contribución como un “gravamen directo que se genera por la tenencia, posesión u ocupación de una propiedad inmobiliaria”1 y que
de manera natural corresponde gestionar a los gobiernos locales, en tanto existe una relación estrecha entre el territorio, la propiedad y los servicios públicos administrados por las autoridades municipales.

El municipio, como base del sistema federal requiere, para su correcto funcionamiento, de la autonomía más plena, esto quiere decir que no es suficiente con el reconocimiento político y jurídico de autoridades electas popularmente con facultades ejecutivas y reglamentarias, sino que resulta necesario que el municipio cuente con los recursos económicos necesarios para lograr sus objetivos en materia de gobernabilidad. La autonomía económica de los municipios implica el reconocimiento de su propia facultad recaudatoria y la aplicación subsidiaria de los recursos provenientes de los estados y la Federación.

Finalmente, para contar con un panorama aproximado del costo que las exenciones tienen en los municipios, proponemos el diseño de un estudio de caso que nos permitió comparar los hallazgos respecto al número de inmuebles obligados a cubrir el impuesto predial, la cantidad de predios exentos de ese cobro, además de los montos de la recaudación efectiva y exenta registrados en 2020 en cinco de los 20 municipios con mayor recaudación reportada a nivel nacional: Zapopan, Guadalajara, Querétaro, Culiacán y Puebla.

Dividida en cuatro capítulos, nuestra investigación comienza con una revisión del funcionamiento del sistema de coordinación fiscal, como la organización hacendaria propia de la Federación prevista originalmente en el texto constitucional de 1917 y adaptada paulatinamente a las necesidades del país en los años sucesivos a la promulgación de la Carta Magna, hasta llegar a la aprobación de la Ley de Coordinación Fiscal en 1979 y la puesta en marcha del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en 1980. En este primer capítulo continuamos con la revisión de las reformas en materia fiscal y hacendaria de 2007 y 2013, las cuales concentran las reglas y fórmulas vigentes mediante las cuales se calculan los montos y se determina la distribución de los fondos de aportaciones y participaciones que integran el gasto federalizado. Finalmente, en el último apartado del capítulo se exponen la recaudación de impuestos, derechos y aprovechamientos como ingresos propios de los gobiernos locales y complemento del financiamiento de origen federal.

Puedes descargar aquí la publicación.

 

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Kontakt

Natalia Arriaga

NA

Projektmanagerin

natalia.arriaga@kas.de +52 55 5566 4599

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